¿Que es el CEE?
Certificación Energética de Edificios
Hasta el momento actual, quien se compraba o alquilaba una vivienda no tenía por lo general más
información previa sobre el bien comprado o alquilado que su propia inspección ocular. Como mucho,
en el caso de la compra disponía además de una llamada "memoria de calidades" muy superficial
que, en modo alguno permitía anticipar cuál iba a ser el "comportamiento" de la vivienda durante su
uso. De hecho, las viviendas, cara a su comportamiento energético, se han estado comprando "a ciegas".
Si alguien duda de esta afirmación, y, si en los ultimos años se ha comprado una vivienda, que trate
de responder a la siguiente pregunta: ¿Cuántas son las emisiones anuales de CO2 de su piso?
Al referirnos en articulos anteriores al Código Técnico de la Edificación hemos podido ver que una
preocupación relacionada con el aislamiento térmico es la de limitar la emisión de gases a la atmósfera.
A partir de ahora, con esta nueva vuelta de tuerca que es la Certificación de Eficiencia Energética de
los edificios, lo que el Gobierno pretende, es precisamente informar a los usuarios sobre el
comportamiento térmico de la vivienda que va a comprar o alquilar. Una información que, por supuesto,
será de gran importancia a la hora de tomar una decisión,cosa que hasta el momento se hacía "a ciegas".
La Certificación de Eficiencia Energética de los edificios tiene el mismo rango legal que el Código Técnico
de la Edificación. Fue aprobada en Consejo de Ministros el 19 de enero (Real Decreto 47/2007), y publicado
en el B.O.E el 31 de enero. Según esta norma, los edificios de nueva construcción deberán disponer de la
Certificación de Eficiencia Energética. Esta norma, que complementa al Código Técnico de la Edificación,
no afecta de momento a los edificios existentes, pues las leyes no tienen efecto retroactivo.
A cada edificio de nueva construcción le será asignada una clasificación energética de acuerdo a una
escala de siete letras y siete colores, que van desde el edificio más eficiente (clase A) al menos eficiente
(clase G). De este modo los futuros propietarios o inquilinos podran conocer, antes de su compra o
alquiler, la eficiencia energética de las viviendas por las que se interesan.
Este Real Decreto es un paso más para la modernización del sector de la edificación en España, de
cara a garantizar a los usuarios de los edificios un conocimiento preciso sobre el gasto energético
del mismo, contribuyendo a crear una sensibilización social sobre la eficiencia energética y sobre
el ahorro de energía.
La certificación, de la que aqui figura un modelo, se emitirá para cada edificio tanto al momento de ser
proyectado como después de ser construido, y estará plasmada en una "Etiqueta de Eficiencia Energética"
similar a las ya utilizadas en otros productos de consumo doméstico, como electrodomésticos, lámparas
o vehículos. La etiqueta ha de ser incluida obligatoriamente en toda la publicidad que se haga de la
edificación de que se trate. La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energía
de las instalaciones de calefacción, refligeración, agua caliente sanitaria e iluminación del edificio.
Por citar un ejemplo: un edificio con una clase de eficiencia energética calificada como B significa que
tiene una reducción de emisiones de CO2, como consecuencia de un menor consumo de energía, entre
el 35 y el 60% de las que tendria un edificio que cumpliera con los minimos que exige el Código Técnico de
la Edificación. Este porcentaje de ahorro debería ser superior al 60% si la clase de eficiencia energética
fuera la máxima, es decir, la clase A.
La responsabilidad de certificar energéticamente un edificio recae en primer lugar en el proyectista del
inmueble. Esto lo hará mediante un programa informático desarrollado al efecto, denominado Calener.
Una vez construida la edificación, se comprobará la conformidad de la certificación energética obtenida
en la fase de proyecto con la del edificio realmente ejecutado.
La trascendencia de la Certificación que en estas líneas venimos comentando es enorme, pues basta
con saber que para obtener la certificación peor, la G, el aislamiento del edificio tiene que cumplir como
minimo con lo que exige el Código Técnico de la Edificación, que es mucho más de lo que actualmente
se exige. Por debajo de la G nada sera admisible. Y reforzar el aislamiento, en la mayor parte de los casos,
significará poner aún mejores ventanas, pues estos elementos de la envolvente de los edificios son la
parte más vulnerable de los mismos. |